Subvención a salas de exhibición cinematográfica para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de público. Andalucía.

Descripción breve

Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual.

Objeto de la subvención

Financiación de proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual, de las salas de exhibición cinematográficas establecidas en Andalucía.

Plazo de solicitud

Fecha inicio: 01/08/2022
Fecha fin: 12/09/2022

Cuantía de la subvención

80% del presupuesto aceptado del proyecto.

La cuantía máxima de cada subvención vendrá dada por el numero de pantallas de que disponga cada sala de exhibición cinematografía, con arreglo a los siguientes criterios:

  1. 11.200€ para salas con una única pantalla.
  2. 15.400€ para complejos cinematográficos con 2 pantallas.
  3. 19.600€ para complejos cinematográficos con 3 pantallas.
  4. 23.800€ para complejos cinematográficos con 4 pantallas.
  5. 28.000€ para complejos cinematográficos con 5 pantallas.
  6. 30.800€ para complejos cinematográficos con 6 pantallas.
  7. 33.600€ para complejos cinematográficos con 7 pantallas.
  8. 36.400€ para complejos cinematográficos con 8 pantallas.
  9. 39.200€ para complejos cinematográficos con 9 pantallas.
  10. 42.000€ para complejos cinematográficos con 10 pantallas.
  11. 44.800€ para complejos cinematográficos con 11 pantallas.
  12. 47.600€ para complejos cinematográficos con 12 pantallas.
  13. 50.400€ para complejos cinematográficos con 13 pantallas.
  14. 53.200€ para complejos cinematográficos con 14 pantallas.
  15. 56.000€ para complejos cinematográficos con 15 pantallas.
  16. 58.800€ para complejos cinematográficos con 16 pantallas.

Actuaciones subvencionables

  • 1. Digitalización y aplicación de nuevas tecnologías a la actividad de las salas de exhibición. Al menos el 25% de la ayuda recibida deberá emplearse en este concepto.
  • 2. Adopción de medidas de desarrollo sostenible e impacto medioambiental positivo.
  • 3. Fidelización y captación de públicos, e innovación en la programación y circulación de producciones europeas y en lenguas oficiales de España.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, de acuerdo con la definición que dichos conceptos establecen en los incisos l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.

Bases reguladoras

La Orden de 14 de julio de 2022 (BOJA núm. 139, de 21 de julio), que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual, se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, como instrumento financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/145/BOJA22-145-00002-12486-01_00265753.pdf

Requisitos

  • 1. Las personas o entidades solicitantes deben de tener establecimiento permanente en Andalucía.
  • 2. Las infraestructuras deben de estar abiertas al público a la fecha de la presentación de la solicitud.
  • 3. Las personas solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales con anterioridad a la publicación de la convocatoria de las ayudas.
  • 4. La persona o entidad solicitante debe de acreditar la titularidad de la propiedad de las salas, en su defecto, de la gestión de las actividades desarrolladas en dichos espacios.
  • 5. Las personas solicitantes deben de estar dadas de alta, en el momento de presentación de la solicitud, en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y/o tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades exhibición cinematográfica.

Criterios de puntuación

La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los siguientes criterios, con una puntuación máxima de 80 puntos.

  1. Criterios subjetivos. Máximo 50 puntos.
    1. Capacidad transformadora. Hasta 10 puntos.
    2. Impacto en la digitalización del sector y la sostenibilidad medioambiental. Hasta 15 puntos.
    3. Impacto en las audiencias, en la inclusión social y en el reto demográfico. Hasta 15 puntos.
    4. Impacto en la diversidad de la oferta cinematográfica. Hasta 6 puntos.
    5. Estimación presupuestaria y viabilidad del proyecto. Hasta 4 puntos.
  2. Criterios cuantitativos. Máximo 30 puntos.
    1. Aforo de las salas. Hasta 10 puntos.
    2. Numero y estabilidad del personal contratado en la sala (Contratos laborales de duración superior a 6 meses). Hasta 10 puntos.
    3. Por tener mujeres contratadas en la sala en un porcentaje igual o superior al 40% de la plantilla en puestos de perfil técnico. (Los contratos computables tendrán una duración superior a 6 meses). 5 puntos
    4. Por tener en plantilla o incorporar al proyecto, al menos durante 6 meses, como mínimo a una persona trabajadora con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido por el organismo competente. 5 puntos.

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