Ayudas a entidades locales para actuaciones en Reservas de la Biosfera del Principado de Asturias

Descripción breve

El objetivo de esta ayuda es buscar promover la conservación y gestión de la biodiversidad y de los recursos naturales, el fomento del desarrollo sostenible y la mejora del patrimonio cultural en las reservas de la biosfera del Principado de Asturias.

La concesión de esta subvención será mediante CONCURRENCIA COMPETITIVA.

Objeto de la subvención

Promover la conservación y gestión de la biodiversidad y de los recursos naturales, el fomento del desarrollo sostenible y la mejora del patrimonio cultural en las Reservas de la Biosfera del Principado de Asturias.

Plazo de solicitud

Fecha inicio: 23/09/2022
Fecha fin: 07/10/2022

Cuantía de la subvención

El importe máximo subvencionable será por solicitante:

  • Ayuntamiento: 100.000,00€
  • Parroquia Rural: 25.000,00€

En cuanto a la forma de pago, las subvenciones se harán efectivas a los beneficiarios, previa justificación de las mismas.

Actuaciones subvencionables

Se considerarán gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, estén relacionados con la actividad objeto de la ayuda, sean necesarios para su ejecución, hayan sido contraídos durante el período de ejecución aprobado y se encuentren efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación. Los gastos deberán estar sujetos a precios de mercado y estar a nombre de la Entidad Local beneficiaria.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

a) Los ayuntamientos de los municipios situados en el ámbito territorial de cualquiera de las Reservas de la Biosfera del Principado de Asturias.

b) Las Parroquias Rurales pertenecientes a dichos Ayuntamientos.

Bases reguladoras

RESOLUCIÓN de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para actuaciones de entidades locales en Reservas de la Biosfera del Principado de Asturias en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea- NextGeneration EU y su correspondiente convocatoria.

Requisitos

a) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y frente a la Seguridad Social y no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles, con anterioridad a dictarse la propuesta de concesión y efectuar el abono.

b) Encontrarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

Criterios de puntuación

  1. Las ayudas se concederán en base a los criterios de valoración que se indican a continuación, en régimen de concurrencia competitiva:

a) En función de la actuación solicitada, de acuerdo con el siguiente baremo:

  • Si se trata de un proyecto relativo a la conservación y gestión de la biodiversidad y de los recursos naturales [base quinta.2.a)]: 15 puntos.
  • Si se trata de un proyecto relacionado con el fomento del desarrollo sostenible [base quinta.2.b)]: 20 puntos.
  • Si se trata de un proyecto relacionado con el apoyo a la sostenibilidad del turismo, mejora del patrimonio cultural y del paisaje [base quinta.2.c)]: 15 puntos.

b) En función de la superficie efectiva de actuación en proyectos relativos a la conservación y gestión de la biodiversidad y de los recursos naturales.

  • Menos de 5 ha: 2 puntos.
  • Entre 5 y 15 ha: 4 puntos.
  • Entre 15 y 15 ha: 8 puntos.
  • Más de 25 ha: 10 puntos.

En caso de que el proyecto presentado incluya varias actuaciones que correspondan a más de un grupo de actividades, la valoración según el tipo de actuación se realizará sumando el total de superficies de actuación.

c) En función de la superficie efectiva de actuación en proyectos relativos a la digitalización de las poblaciones:

  • Entre el 0 y el 25% de la superficie del Concejo o Entidad Local: 5 puntos.
  • Entre el 25 y el 50% de la superficie del Concejo o Entidad Local: 10 puntos.
  • Entre el 50 y el 75% de la superficie del Concejo o Entidad Local: 15 puntos.
  • Entre el 75 y el 100% de la superficie del Concejo o Entidad Local: 20 puntos.

d) En función del número de productos cuya comercialización se potencie:

  • Un producto: 10 puntos.
  • Entre 1 y 3 productos: 15 puntos.
  • Más de 3 productos: 20 puntos.

e) En función de la localización geográfica de actuación en zonas de la Reserva definidas como tampón o de transición:

  • Entre 0% y 25%: 5 puntos.
  • Más de 25% y 50%: 10 puntos.
  • Más del 50%: 15 puntos.

f) Proyectos coordinados en la Reserva de la Biosfera interautonómicas: 5 puntos.

g) Proyectos coordinados que se realicen en más de una Reserva de la Biosfera o entre Entidades locales de la misma Reserva de la Biosfera: 5 puntos.

h) En función del número de beneficiarios de la actuación (población de la Entidad local censada en el interior de la Reserva):

  • Más de 1500 habitantes: 20 puntos.
  • Entre 1001 y 1500 habitantes: 15 puntos.
  • Entre 500 y 1000 habitantes: 10 puntos.
  • Menos de 500 habitantes: 5 puntos.

A estos efectos, los datos de población a considerar vendrán dados por las cifras del último padrón municipal disponible publicado en la página web del Instituto Nacional de Estadística.

i) En función del porcentaje de superficie aportada a la Reserva de la Biosfera respecto a la superficie total del Concejo o Parroquia:

  • Igual o mayor del 40%: 20 puntos.
  • Igual o mayor del 30%: 15 puntos.
  • Igual o mayor del 20%: 10 puntos.
  • Igual o mayor del 10%: 5 puntos.
  • Menor del 10%: 2 puntos.

A estos efectos, se aplicarán los datos aportados por la Dirección de la Reserva de la Biosfera.

2. Las ayudas solicitadas serán baremadas según los siguientes criterios generales:

a) La puntuación máxima de una operación será de 135 puntos.

b) El umbral mínimo para ser subvencionable será de 15 puntos.

 

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