Ayudas a titulares de salas de exhibición cinematográfica (2022). Comunidad de Madrid.

Descripción breve

Concesión de subvenciones a titulares de salas de exhibición cinematográfica establecidas en la Comunidad de Madrid, mediante régimen de concurrencia competitiva, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y aprobar la convocatoria correspondiente al año 2022.

Objeto de la subvención

Las presentes ayudas tienen como finalidad sufragar inversiones en proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual.

Plazo de solicitud

Fecha inicio: 31/08/2022
Fecha fin: 27/09/2022

Cuantía de la subvención

Sólo podrán resultar beneficiarios de las ayudas los titulares de salas de exhibición que ejecuten gasto, y en cada caso la ayuda obtenida, sumada a otras ayudas públicas recibidas, no podrá superar el 80% del gasto asumido y ejecutado.

La cuantía máxima de cada subvención vendrá determinada por el número de pantallas de que disponga cada sala de exhibición cinematográfica, con arreglo a los siguientes criterios y hasta agotar el crédito disponible:

  • 11.200€ para salas con una única pantalla.
  • 15.400€ para complejos cinematográficos con 2 pantallas.
  • 19.600€ para complejos cinematográficos con 3 pantallas.
  • 23.800€ para complejos cinematográficos con 4 pantallas.
  • 28.000€ para complejos cinematográficos con 5 pantallas.
  • 30.800€ para complejos cinematográficos con 6 pantallas.
  • 33.600€ para complejos cinematográficos con 7 pantallas.
  • 36.400€ para complejos cinematográficos con 8 pantallas.
  • 39.200€ para complejos cinematográficos con 9 pantallas.
  • 42.000€ para complejos cinematográficos con 10 pantallas.
  • 44.800€ para complejos cinematográficos con 11 pantallas.
  • 47.600€ para complejos cinematográficos con 12 pantallas.
  • 50.400€ para complejos cinematográficos con 13 pantallas.
  • 53.200€ para complejos cinematográficos con 14 pantallas.
  • 56.000€ para complejos cinematográficos con 15 pantallas.
  • 58.800€ para complejos cinematográficos con 16 pantallas.
  • 60.200€ para complejos cinematográficos con 17 pantallas.
  • 61.600€ para complejos cinematográficos con 18 pantallas.
  • 63.000€ para complejos cinematográficos con 19 pantallas.
  • 64.400€ para complejos cinematográficos con 20 pantallas.
  • 65.800€ para complejos cinematográficos con 21 pantallas.
  • 67.200€ para complejos cinematográficos con 22 pantallas.
  • 68.600€ para complejos cinematográficos con 23 pantallas.
  • 70.000€ para complejos cinematográficos con 24 pantallas.
  • 71.400€ para complejos cinematográficos con 25 pantallas

El abono de las subvenciones se realizará mediante el sistema de pago anticipado.

Actuaciones subvencionables

  • 1. Digitalización y aplicación de nuevas tecnologías a la actividad de las salas de exhibición. Al menos el 25% de la ayuda recibida deberá emplearse en este concepto, vinculado a cuestiones de conectividad, capacitación digital y uso de Internet e integración de la tecnología digital a la actividad de la empresa.
  • 2. Adopción de medidas de desarrollo sostenible e impacto medioambiental positivo.
  • 3. Fidelización y captación de públicos, e innovación en la programación y circulación de producciones europeas y en lenguas oficiales de España.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, así como agrupaciones de las mismas.

Bases reguladoras

Extracto de la Orden 1131/2022, de 13 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a titulares de salas de exhibición cinematográfica y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Nextgeneration EU (BOCM nº 206, de 30 de agosto).

Requisitos

  • Estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales con anterioridad a la publicación de la convocatoria y tener la sala o complejo cinematográfico ubicados en la Comunidad de Madrid.
  • Las salas de exhibición cinematográfica deben estar abiertas al público desde al menos seis meses antes de la publicación de la presente convocatoria, con un sistema de taquilla y declaración de ingresos.
  • Encontrarse legalmente constituidas con personalidad jurídica propia, y venir referidas a salas ubicadas y activas en la Comunidad de Madrid a la fecha de solicitud.
  • Estar dadas de alta, en el momento de presentación de la solicitud, en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de la actividad de proyección audiovisual.

Criterios de puntuación

La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los siguientes criterios, con una puntuación máxima de 40 puntos.

  1. Capacidad transformadora. Hasta 8 puntos.
  2. Impacto en la digitalización del sector y la sostenibilidad medioambiental. Hasta 12 puntos.
  3. Impacto en las audiencias, en la inclusión social y en el reto demográfico. Hasta 10 puntos.
  4. Impacto en la diversidad de la oferta cinematográfica. Hasta 6 puntos.
  5. Estimación presupuestaria y viabilidad del proyecto. Hasta 4 puntos.

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