COMPETITIVIDAD TURÍSTICA - CÁMARA DE COMERCIO Sevilla

Descripción breve

Fomentar la participación de las empresas (micro, pequeñas y medianas) y las personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Sevilla en el Programa de Competitividad Turística.

La concesión de esta subvención será mediante ORDEN DE LLEGADA.

Objeto de la subvención

Promover la participación de las empresas (micro, pequeñas y medianas) y las personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Sevilla en el Programa de Competitividad Turística.

Plazo de solicitud

Fecha inicio: 19/09/2022
Fecha fin: 03/10/2022

Cuantía de la subvención

80% de la inversión realizada sobre un coste máximo elegible de 7.000€, por lo que la cuantía máxima de la ayuda será de 5.600 euros. 

En cuanto a la forma de pago se justificará ante la Cámara de Comercio de España la inversión realizada por la empresa, al objeto de obtener la financiación europea correspondiente, de acuerdo a la metodología del Programa de Competitividad Turística.

Una vez aprobados los gastos presentados, la Cámara de Comercio de España abonará la financiación europea a la empresa beneficiaria mediante transferencia bancaria.

Actuaciones subvencionables

Se considerarán gastos subvencionables:

  • Implantación de aplicaciones informáticas específicas.
  • Derechos de uso de soluciones en la nube.
  • Hardware específico. Excepcionalmente, para aquellos beneficiarios con nivel de madurez «incipiente» se considerará como elemento subvencionable un único ordenador portátil, siempre que el proyecto tipo recomendado así lo incluya entre sus gastos elegibles y que la empresa no disponga de ordenador. (La cuantía máxima subvencionable para este equipo será de 1.000€). En los casos en los que las soluciones requieran tablets para su operación, la cuantía máxima subvencionable por cada unidad será de 300€.
  • Servicio de consultoría.
  • Servicios para la puesta en marcha.
  • Capacitación.
  • Solución de conectividad en banda ancha.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Ser una Pyme o autónomo que cumpla los requisitos descritos en el correspondiente apartado.

Bases reguladoras

CONVOCATORIA COMPETITIVIDAD TURÍSTICA 2022 PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR TURÍSTICO, ASÍ COMO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA PROVINCIA DE SEVILLA.

Requisitos

  • Estar dada de alta en fecha anterior a la publicación de la presente convocatoria en alguno de los siguientes epígrafes del censo IAE:
    • SECCIÓN PRIMERA: Epígrafes 67,68,72,73,755 y 98.
    • SECCIÓN SEGUNDA: Epígrafes 52,59,882 y 883.

Independientemente de los citados epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la agricultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.

  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Sevilla.

En el caso de que una empresa posea varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc., el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa debe estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº 1407/2013, de la Comisión (la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros o 100.000 euros en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales).

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