TIC CÁMARAS. AGROINDUSTRIAL- CAMARA DE COMERCIO LINARES

Descripción breve

Integrar sistemáticamente las TIC en el día a día de las PYMES, integrando herramientas competitivas clave en sus estrategias y aprovechando las oportunidades que ofrecen para aumentar su productividad y competitividad.

La concesión de esta ayuda se llevará a cabo por SORTEO.

Objeto de la subvención

Incorporación sistemática de las TIC a la actividad habitual de las pymes, integrando herramientas competitivas claves en su estrategia y maximizando las oportunidades que ofrecen para mejorar su productividad y competitividad.

 

Plazo de solicitud

Fecha inicio: 14/09/2022
Fecha fin: 27/09/2022

Cuantía de la subvención

80% de la inversión realizada sobre un coste máximo elegible de 7.000€, por lo que la cantidad máxima de la ayuda será de 5.600 euros. 

En cuanto a la forma de pago se justificará ante la Cámara de Comercio de España la inversión realizada por la empresa, al objeto de obtener la financiación europea correspondiente, de acuerdo a la metodología del Programa TICCámaras.

Una vez aprobados los gastos presentados, la Cámara de Comercio de España abonará la financiación europea a la empresa beneficiaria mediante transferencia bancaria.

Actuaciones subvencionables

Se considerarán actos subvencionables:

  • Implantación de aplicaciones informáticas específicas
  • Derecho de uso de soluciones en la nube
  • Hardware específico. Excepcionalmente para aquellos beneficiarios con nivel de madurez «incipiente» se considerará como elemento subvencionable un único ordenador portátil, siempre que el proyecto tipo recomendado así lo incluya entre sus gastos elegibles y que la empresa no disponga de ordenador. (El importe máximo que se puede recibir para este equipo será de 1.000€). En los casos en los que las soluciones requieran tablets para su operación, la subvención máxima por unidad será de 300€.
  • Servicio de consultoría
  • Servicios para la puesta en marcha
  • Capacitación
  • Solución de conectividad en banda ancha
  • Cualquier otro tipo de actuación TIC, para la mejora de la productividad y competitividad, no relacionada en el presente documento, podría ser susceptible de ser elegible y por tanto de percibir ayuda, previa autorización de la Unidad de Gestión del Programa de la CCE.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Ser una Pyme o autónomo que cumpla los requisitos descritos en su correspondiente apartado.

Bases reguladoras

CONVOCATORIA TICCÁMARAS 2022 PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL, ASÍ COMO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LINARES Y LAS POBLACIONES DE JAÉN MOSTRADAS EN EL ANEXO «MUNICIPIOS».

Requisitos

Estar dado de alta en fecha anterior a la publicación de esta convocatoria en alguno de los epígrafes del Censo del IAE – Sección 1º, Agrupación 41 y 42 de Industrias de Productos Alimenticios y Bebidas. Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.

Estar dado de alta en fecha anterior a la publicación de la presente convocatoria en el Registro de Industrias Agroalimentarias de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía.

No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Linares.

En el caso de que una empresa posea varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc. El centro destinatario y directamente beneficiario debe de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.

Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Cumplir la norma de minimis, (la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros o 100.000 euros en el caso de las empresas que operen en el sector transporte por carretera, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales).

Estar dispuesto a mejorar su competitividad a través de la aplicación de las TIC en los procesos que se determinen a través del diagnóstico practicado y querer cumplir con las condiciones del Programa.

No haber resultado beneficiaria de la Fase II del Programa en anteriores anualidades, con posterioridad al 31/12/2015.

Las empresas podrán acogerse a la Fase II si han justificado documentalmente su participación previa en la Fase I del Programa, en la presente convocatoria o dentro de la anualidad anterior a la misma, y que no hayan sido beneficiarias de Fase II; o si acreditan haber participado en el último año en un Programa similar de Asesoramiento en la incorporación de las TIC en las pymes, de organismos de Promoción de las TIC de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos del anexo a la presente convocatoria.

Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación a la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. 

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