Subv. Modernización digital PYMES - ALCALÁ DE GUADAIRA

Descripción breve

Transformación digital mediante la introducción de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), incorporación al comercio electrónico, modernización o actualización de imagen e infraestructuras, así como la incorporación o desarrollo de soluciones tecnológicas asociadas a la Industria 4.0.

Plazo de solicitud

Fecha inicio: 17/04/2023
Fecha fin: 15/05/2023

Cuantía de la subvención

  • Línea 1: Modernización digital de pequeñas y microempresas locales. Se podrá subvencionar hasta un 70% del proyecto con un máximo de 3.000 euros (IVA excluido).
  • Línea 2: Mejora de la imagen y transformación del establecimiento al público para pequeñas y microempresas locales. Se podrá subvencionar hasta un 50% del proyecto con un máximo de 5.000 euros (IVA excluido).
  • Línea 3: Proyectos que desarrollen o implementen soluciones tecnológicas procedentes de la Industria 4.0 para pymes locales. Se podrá subvencionar hasta el 60% del proyecto con un límite máximo de 25.000 euros (IVA excluido).

Las entidades beneficiarias, pequeñas y micro empresas, de las líneas 1 y 2 podrá solicitar un máximo de un proyecto independiente por cada línea. La cuantía total de las subvenciones a conceder a cada entidad beneficiaria se establece en un máximo de 8.000 euros (IVA excluido).

Las entidades beneficiarias, pymes, de la línea 3 podrá solicitar un máximo de un proyecto. En consecuencia, la cuantía total de las subvenciones a conceder a cada entidad beneficiaria se establece en un máximo de 25.000 euros (IVA excluido).

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Línea 1. Modernización digital de pequeñas y microempresas locales.

Línea 2. Mejora de la imagen y transformación del establecimiento al público para pequeñas
y microempresas locales.

Línea 3. Proyectos que desarrollen o implementen soluciones tecnológicas procedentes de
la Industria 4.0 para pymes locales.

Requisitos

  • Tener la condición de pequeña o microempresa, para la línea 1 y 2, y pyme para línea 3.
  • Para la línea 1 y 2, que su actividad se encuadre dentro de algunos los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el Anexo I según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1175/1990 de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas (BOE 234 de 29 de septiembre de 1990).
  • Estar dadas de alta la Seguridad Social, Agencia Tributaria y desarrollar su actividad económica en Alcalá de Guadaíra, con domicilio fiscal en Alcalá de Guadaíra, con anterioridad a la publicación de la convocatoria de subvenciones.

Quedan expresamente excluidas de las presentes subvenciones los autónomos societarios, en
cualquiera de sus formas, autónomos dependientes, asociaciones, federaciones y confederaciones,
sociedades civiles, comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de
propiedad horizontal, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca
de personalidad jurídica.

Criterios de puntuación

La puntuación determinará la cuantía de la subvención por Línea.

  • Línea 1. Máximo 70 puntos
    • Tamaño de la empresa. (Ponderación máxima 30 puntos)
      • Se valora con 30 puntos las entidades de 0 a 5 trabajadores.
      • Se valora con 25 puntos las entidades de 6 a 10 trabajadores.
      • Se valora con 20 puntos las entidades de más de 11 trabajadores.
    • Inversión en el proyecto. (Ponderación máxima de 40 puntos)
      • Se valora con 30 puntos cuando la inversión sea de una cuantía inferior a 1.500 euros.
      • Se valora con 35 puntos cuando la inversión está de entre 1.501 y 3.000 euros.
      • Se valora con 40 puntos cuando la inversión es más de 3.000 euros.
  • Línea 2. Máximo 50 puntos
    • Tamaño de la empresa. (Ponderación máxima 20 puntos)
      • Se valora con 20 puntos las entidades de 0 a 5 trabajadores.
      • Se valora con 15 puntos las entidades de 6 a 10 trabajadores.
      • Se valora con 10 puntos las entidades de más de 11 trabajadores.
    • Inversión en el proyecto. (Ponderación máxima de 30 puntos)
      • Se valora con 20 puntos cuando la inversión sea de una cuantía inferior a 1.500 euros.
      • Se valora con 25 puntos cuando la inversión está de entre 1.501 y 5.000 euros.
      • Se valora con 30 puntos cuando la inversión es más de 5.000 euros.
  • Línea 3. Máximo 60 puntos
    • Inversión en el proyecto. (Ponderación máxima de 40 puntos)
      • Se valora con 30 puntos cuando la inversión sea de una cuantía inferior a 15.000 euros.
      • Se valora con 35 puntos cuando la inversión está de entre 15.001 y 25.000 euros.
      • Se valora con 40 puntos cuando la inversión es más de 25.000 euros.
    • Calidad y viabilidad técnica del proyecto. Definición del alcance, metodología, y resultados
      esperados. (Ponderación máxima de 20 puntos)

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