Subvención dirigida al apoyo de la empresa sevillana - SEVILLA

Descripción breve

La Convocatoria de Subvención para el apoyo de la empresa sevillana 2024, promovida por el Ayuntamiento de Sevilla, está orientada a impulsar la competitividad y sostenibilidad de las empresas locales. Esta ayuda prioriza a los establecimientos emblemáticos de la ciudad y busca fomentar inversiones que fortalezcan su actividad económica, promoviendo el desarrollo empresarial y la modernización de los negocios.

Objeto de la subvención

El objeto de la presente convocatoria es incentivar la inversión de empresas sevillanas, que permitan corregir algunos de los factores que dificultan la mejora de su competitividad, como pueden ser los relativos al déficit tecnológico y la falta de inversiones en locales y equipamientos, favoreciendo así su mantenimiento y consolidación.

Plazo de solicitud

Fecha inicio: 08/01/2025
Fecha fin: 06/02/2025

Cuantía de la subvención

  • Línea 1 (Empresas sevillanas):
    • Presupuesto mínimo de 3.000€
    • Subvención del 80% del presupuesto (con un máximo de 6.000€)
  • Línea 2 (Establecimientos emblemáticos):
    • Presupuesto mínimo de 3.000€
    • Subvención del 100% del presupuesto (con un máximo de 6.000€)

Actuaciones subvencionables

El plazo de ejecución de la ayuda es desde el 1 de abril de 2024 hasta el 31 de mayo de 2025.

  • Rehabilitación y adecuación del local donde se vaya a desarrollar la actividad empresarial.
  • Instalaciones técnicas del local de negocio.
  • Bienes de equipo de proceso y auxiliares (maquinaria)
  • Adquisición de mobiliario y otro equipamiento del local de negocio.
  • Equipos informáticos y software de desarrollo a medida.
  • Inversiones en otros activos fijos materiales necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial.
  • Inversiones en activo fijo inmaterial consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Pueden ser beneficiarias de las ayudas aquellas empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Que el domicilio fiscal y de actividad de la entidad solicitante esté en el municipio de Sevilla.
  • Que dispongan de un local de negocio afecto a la actividad, lo cual debe constar en el certificado de situación censal.
  • Línea 1 (empresas en general) pueden pedir la ayuda si el inicio de actividad comienza a partir del 1 de enero de 2019

Criterios de puntuación

  1. Mayor porcentaje de cofinanciación: Contribución a la financiación de la inversión subvencionable – 20 puntos
  2. Sectores preferentes: Cuando la activad principal se incluya en alguno de los epígrafes especificados en el Anexo IV – 20 puntos
  3. Cuando el solicitante pertenezca a alguna asociación de carácter empresarial con anterioridad a la publicación de la convocatoria – 10 puntos
  4. Participación en itinerarios de Sevilla Emprendedora – Cuando el solicitante o alguno de los miembros del órgano de administración hubiera participado en algunos de los servicios ofertados desde Sevilla Emprendedora – 10 puntos 

¿CÓMO PUEDES ACCEDER A ESTA SUBVENCIÓN?

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